España vive un periodo de Estado de Alarma, decretado por el Gobierno, y ahora todo lo cotidiano se vuelve excepcional. El coronavirus ha llegado a nuestro país y se ha instalado en nuestras vidas, haciendo que todo cambie. Los electrodomésticos no entienden de cuarentenas y se pueden estropear en cualquier momento. También la calefacción puede averiarse y requerir de un técnico para su arreglo.
Desde Special Repair Center queremos dejaros algunas indicaciones, que la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), ha dado para explicar a los ciudadanos a qué tienen derecho como consumidores o qué servicios se prestan durante esta situación de excepcionalidad.
Averías durante el estado de alarma
Una de las principales cuestiones que se plantean los consumidores cuando se les estropea un electrodoméstico durante el Estado de Alarma, es si pueden salir a una tienda a comprar uno nuevo que lo sustituya. La respuesta a esto es que sí, pero no en todos los casos.
El Decreto de alarma, promulgado por el Gobierno, indica los supuestos en los que los ciudadanos pueden salir a la calle. En uno de ellos, expresado en el apartado g) del artículo 7, se dice que usted puede salir «por causa de fuerza mayor o situación de necesidad». Aquí, podría entrar todo pero la OCU explica que la necesidad de un frigorífico o una lavadora es una causa de fuerza mayor. Y más si en el hogar hay menores. Es decir, sí podría ir a por ello, aunque hay que tener también en cuenta que este tipo de tiendas no constan dentro de las excepciones de comercios que pueden permanecer abiertos, por lo que probablemente la compra deba ser online.
Otra de las grandes preguntas que pueden tener los consumidores es si tienen derecho, como consumidor, a que una empresa de técnicos reparadores de electrodomésticos, fontaneros, electricistas me atienda durante el estado de alarma y arreglen las averías que tengan en casa.
A esto la OCU explica que el artículo 17 del Real Decreto 463/2020 establece que las autoridades competentes delegadas podrán adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo, así como de gas natural. Por lo que sí se tiene derecho.
Otra de las cuestiones a la que ha respondido la OCU es si las empresas reparadoras de electrodomésticos, calefacciones, fontanería o electricidad están obligadas a prestar servicios mínimos de atención al cliente. Han querido dejar claro que no se puede confundir el estado de alarma, con una situación de huelga, por lo tanto no se han establecido servicios ni mínimos ni máximos. Cada empresa tendrá que adaptar su actividad a lo establecido en la normativa y si cumplen los requisitos, podrán seguir prestando servicio con la normalidad que corre en estos tiempos.
Para terminar, la OCU ha respondido también a la duda de los consumidores sobre si al tener una avería que requiera un fontanero o electricista, este vendrá a casa y ha querido aclarar que, las empresas de fontanería siguen abiertas, sin embargo, algunas han reducido sus servicios al mínimo. Es decir, a servicios urgentes. Respecto a las empresas de electricidad pasa lo mismo, si pueden ir pero la gran mayoría prestan los servicios más urgentes.
Lo más importante es que si en algún momento fuera necesario que un electricista o fontanero acudiera a tu domicilio, ambos deberán tomar todas las medidas de seguridad que Sanidad recomienda para este periodo excepcional.